ATS, 25 de Noviembre de 2014
Ponente | IGNACIO SANCHO GARGALLO |
Número de Recurso | 312/2014 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 25 de Noviembre de 2014 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veinticinco de Noviembre de dos mil catorce.
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- Por la representación procesal de PROSAVI PROMOCIONES Y EXPLOTACIONES INMOBILIARIAS, S.L. se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia dictada, en fecha 4 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección Sexta), en el rollo de apelación nº 835/2011 dimanante del juicio ordinario nº 1719/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Marbella.
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- Por diligencia de ordenación de fecha 28 de enero de 2014 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado a las mismas con fecha 30 de enero de 2014.
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- Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D. Carlos Alberto de Grado Viejo, en nombre y representación de PROSAVI PROMOCIONES Y EXPLOTACIONES INMOBILIARIAS, S.L., con fecha 3 de febrero de 2014 presentó escrito ante esta Sala personándose en calidad de parte recurrente. La parte recurrida no ha comparecido ante esta Sala.
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- Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de PROSAVI PROMOCIONES Y EXPLOTACIONES INMOBILIARIAS, S.L. al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 de la LEC 2000 .
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- No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de PROSAVI PROMOCIONES Y EXPLOTACIONES INMOBILIARIAS, S.L. contra la sentencia dictada, en fecha 4 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección Sexta), en el rollo de apelación nº 835/2011 dimanante del juicio ordinario nº 1719/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Marbella.
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) No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso.
De conformidad con lo dispuesto en los art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.