ATS, 18 de Noviembre de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
Número de Recurso413/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Noviembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la Administración Concursal de "IBAN HERMANOS, S.A." presentó el día 15 de enero de 2014, escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia de fecha 11 de octubre de 2013, dictada por la Audiencia Provincial de León (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 242/2013 , dimanante de los autos de incidente concursal nº 351/2012 del Juzgado de primera instancia y de lo mercantil nº 8 de León.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 10 de febrero de 2014 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de los litigantes ante el Tribunal Supremo por término de treinta días, siendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes el día 11 de febrero de 2014.

  3. - La procuradora Dª. Myriam Álvarez del Valle Lavesque, en nombre y representación de D. Dionisio y otros, presentó escrito el día 11 de febrero de 2014, personándose en concepto de recurrido, al tiempo que la procuradora Dª. María Elena Carretón Pérez, en nombre y representación de la Administración Concursal de "IBAN HERMANOS, S.A." presentó escrito el día 24 de febrero de 2014, personándose en concepto de parte recurrente.

  4. - La parte recurrente constituyó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - A la vista de las alegaciones de las partes, procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la Administración Concursal de "IBAN HERMANOS, S.A.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la Administración Concursal de "IBAN HERMANOS, S.A." contra la sentencia de fecha 11 de octubre de 2013, dictada por la Audiencia Provincial de León (sección 1ª), en el rollo de apelación nº 242/2013 , dimanante de los autos de incidente concursal nº 351/2012 del Juzgado de primera instancia y de lo mercantil nº 8 de León.

  2. )Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De acuerdo con lo previsto en el art. 485 LEC 2000 , contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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