ATS, 2 de Diciembre de 2014

PonenteIGNACIO SANCHO GARGALLO
Número de Recurso595/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Diciembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad mercantil "CURTIDOS BLANCO, S.A." presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 10 de enero de 2014, por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección 6ª), en el rollo de apelación nº 623/2012 , dimanante del procedimiento de juicio ordinario nº 830/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Vigo.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de febrero de 2014 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.

  3. - Formado el presente rollo, el procurador D. Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de "CURTIDOS BLANCO, S.A.", presentó escrito el día 12 de marzo de 2014, personándose en calidad de parte recurrente . El Procurador D. Evencio Conde de Gregorio, en nombre y representación de "GRAN VIA- URZAIZ, S.L.", presentó escrito el 13 de marzo de 2014, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - La parte recurrente ha constituido el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "CURTIDOS BLANCO, S.A." al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el art. 477.2.3º de la LEC .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC , entréguense copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "CURTIDOS BLANCO, S.A." contra la sentencia dictada con fecha 10 de enero de 2014, por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección 6ª), en el rollo de apelación nº 623/2012 , dimanante del procedimiento de juicio ordinario nº 830/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Vigo.

  2. ) Y entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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