ATS, 16 de Septiembre de 2014
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2014:6978A |
Número de Recurso | 2307/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 16 de Septiembre de 2014 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a dieciséis de Septiembre de dos mil catorce.
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- La representación procesal de MOLDEX METRIC AG & CO, KG SUCURSAL EN ESPAÑA, presentó recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 17 de julio de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15ª), en el rollo de apelación nº 577/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1030/2010 del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Barcelona.
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- Mediante diligencia de ordenación de 14 de octubre de 2013 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días, habiéndose notificado y emplazado a las partes litigantes, por medio de sus respectivos procuradores.
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- La procuradora Doña Teresa Uceda Blasco en nombre y representación de Don Remigio , "FOXLINE CONTROL, S.L." y "CEPYS, S.L." presentó escrito ante esta Sala con fecha 28 de octubre de 2013, personándose en concepto de recurrida. Por escrito presentado el 27 de noviembre de 2013, el procurador Don Jorge Deleito García, se personaba en nombre y representación de "MOLDEX METRIC AG &CO KG SUCURSAL EN ESPAÑA" en concepto de recurrente.
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- La mercantil recurrente ha efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
1 .- Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la mercantil MOLDEX METRIC AG & CO, KG SUCURSAL EN ESPAÑA al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 y del art. 469.1 ambos de la LEC .
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- De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguese copias de los escritos de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) Admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la mercantil MOLDEX METRIC AG & CO, KG SUCURSAL EN ESPAÑA, contra la Sentencia dictada, fecha 17 de julio de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15ª), en el rollo de apelación nº 577/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1030/2010 del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Barcelona.
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) Dar traslado de los escritos de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.