ATS, 2 de Septiembre de 2014

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Septiembre 2014
EmisorTribunal Supremo, sala primera, (Civil)

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Septiembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de la entidad BANCO GALLEGO, SA, con fecha 26 de junio de 2013, se presentó escrito interponiendo recursos de casación y extraordinario contra la sentencia dictada, con fecha 26 de mayo de 2013, por la Audiencia Provincial de Guadalajara (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 489/2012 , dimanante de los autos de incidente concursal, en el concurso 778/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 y Mercantil de Guadalajara.

  2. - Habiéndose tenido por interpuesto el recurso, mediante providencia de fecha 6 de septiembre de 2013 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días, para que pudieran personarse ante dicho Tribunal si les conviniere, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  3. - Formado el presente rollo, por el Procurador Don Ignacio Rodríguez Díez se ha presentado escrito en fecha 18 de septiembre de 2013, en nombre y representación de la entidad BANCO GALLEGO, SA personándose en concepto de parte recurrente. En representación de la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE DON Estanislao , DOÑA Rebeca , DON Leon y la mercantil AGROQUIJADA, SL, se ha personado el administrador concursal Don Sabino , en concepto de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Marin Castan, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad BANCO GALLEGO, SA, al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en el art. 477.2 , LEC y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la entidad BANCO GALLEGO, SA, contra la sentencia dictada, con fecha 26 de mayo de 2013, por la Audiencia Provincial de Guadalajara (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 489/2012 , dimanante de los autos de incidente concursal, en el concurso 778/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 y Mercantil de Guadalajara.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición del recurso formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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