ATS, 29 de Abril de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2014:3588A
Número de Recurso2659/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución29 de Abril de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Abril de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de "SUÁREZ SORIA, S.L." presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal contra sentencia dictada, con fecha 11 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 242/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 252/2012 del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Avilés.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 15 de noviembre de 2013 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de TREINTA DÍAS, para que pudieran personarse ante dicho Tribunal si les conviniere, lo que fue notificado a los procuradores de las partes con fecha 18 de noviembre de 2013.

  3. - Formado el presente rollo, por el procurador D. Roberto Muñiz Solís se presentó escrito el 10 de diciembre de 2003, en nombre y representación de "SUÁREZ SORIA, S.L.", personándose en concepto de parte recurrente. De igual forma, la procuradora D.ª M.ª Marta Sanz Amoro presentó escrito con fecha 17 de diciembre de 2013, en nombre y representación de "CASTELLANA DE PROYECTOS Y PROPIEDADES, S.A.", personándose como parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - No advirtiéndose causa alguna de inadmisión del recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto procede su admisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 474 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de VEINTE DÍAS , formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

1)º ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por la representación procesal de la mercantil "SUÁREZ SORIA, S.L." contra la sentencia dictada, con fecha 11 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 242/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 252/2012 del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Avilés.

  1. ) Dese traslado del escrito de interposición del recurso, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala .

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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