ATS, 22 de Abril de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2014:3281A
Número de Recurso2070/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución22 de Abril de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintidós de Abril de dos mil catorce.

HECHOS

  1. Por la representación procesal de Edemiro y María Dolores se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 4 de junio de 2013, por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección 6ª) en el rollo nº 141/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 530/2011, del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Villena.

  2. Por diligencia de fecha 16 de septiembre de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes personadas.

  3. La procuradora Mª José Laura González Fortes, en nombre y representación de Edemiro , presentó escrito ante esta Sala con fecha 28 de octubre de 2013, personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora María Abellán Albertos, en nombre y representación de Cristina , Jacinto y Millán , presentó escrito ante esta Sala con fecha 2 de octubre de 2013, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. La parte recurrente efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. Procede admitir el recurso de casación interpuesto, al amparo del ordinal 3º del art. 477.2 LEC , por la representación procesal de Edemiro , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Edemiro contra la Sentencia dictada, en fecha 4 de junio de 2013, por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección 6ª) en el rollo nº 141/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 530/2011, del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Villena.

  2. Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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