ATS, 1 de Abril de 2014
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2014:2643A |
Número de Recurso | 1870/2013 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 1 de Abril de 2014 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a uno de Abril de dos mil catorce.
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- La representación procesal de la entidad "Camisería García de Seras, SC", presentó el día 2 de julio de 2013 escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada con fecha 13 de mayo de 2013, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección Quinta), en el rollo de apelación nº 3147/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 271/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Sevilla.
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- Mediante diligencia de ordenación de fecha 4 de julio de 2013 la referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, habiéndose notificado dicha resolución a las partes litigantes, por medio de sus respectivos Procuradores.
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- Por el procurador Don Jorge Deleito García, con fecha 10 de septiembre de 2013 se presentó escrito en nombre y representación de la entidad "Camisería García de Seras, SC", personándose en concepto de parte recurrente. Por la procuradora Doña Teresa López Rosés con fecha 11 de septiembre de 2013 presentó escrito en nombre y representación de la entidad "Inalcoven, S.L.", personándose en concepto de parte recurrida.
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- Por la parte recurrente se ha efectuado el deposito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad "Camisería García de Seras, SC", al considerarse justificados los presupuestos de recurribilidad previstos en el art. 477.2 , 3º de LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.
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- De conformidad con lo establecido en el art. 485 de la LEC , entréguese copias del escrito de interposición del recurso admitido, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la entidad "Camisería García de Seras, SC", contra la Sentencia dictada, con fecha 13 de mayo de 2013, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección Quinta), en el rollo de apelación nº 3147/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 271/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Sevilla.
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) Entréguese copias del escrito de interposición del recurso admitido, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de VEINTE DÍAS, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno de conformidad con lo establecido en el art. 483.5 de la LEC .
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.