ATS, 4 de Febrero de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:641A
Número de Recurso1115/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Febrero de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la mercantil "ALKADIR GOLF S.L", presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 22 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 620/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 508/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Siero.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 9 de mayo de 2013 se acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo por término de treinta días, previo emplazamiento de las partes, habiéndose notificado dicha resolución a las partes litigantes, por medio de sus respectivos Procuradores.

  3. - Por medio de escrito presentado, el día 17 de mayo 2013, el Procurador Don Nicolás Álvarez Real, se personaba en nombre y representación de "OCA CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS S.A", en concepto de recurrido, la Procuradora Doña María del Mar Rodríguez Gil, mediante escrito presentado el 6 de junio de 2013, se personaba en nombre y representación de "ALKADIR GOLF S.L" como recurrente.

  4. - La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la mercantil "ALKADIR GOLF S.L", al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en el art. 477.2, de la LEC y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la mercantil "ALKADIR GOLF S.L", contra la Sentencia dictada, en fecha 22 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 1ª), en el rollo nº 620/2012 , dimanante del procedimiento de juicio ordinario nº 508/2011, del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Siero.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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