ATS, 10 de Diciembre de 2013

PonenteRAFAEL SARAZA JIMENA
ECLIES:TS:2013:11289A
Número de Recurso599/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2013
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a diez de Diciembre de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de BANCO DE SANTANDER S.A. presentó el día 27 de febrero de 2013 escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción y de casación contra la sentencia dictada, con fecha 24 de enero de 2013, por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (Sección Tercera), en el rollo de apelación nº 710/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 484/2011 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Santa Cruz de Tenerife.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 1 de marzo de 2013 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes el día 5 de marzo de 2013.

  3. - El Procurador D. Eduardo Codes Feijoo, en nombre y representación de BANCO DE SANTANDER S.A., presentó escrito ante esta Sala con fecha 13 de marzo de 2013 personándose en calidad de recurrente. El Procurador D. Jorge Vázquez Rey, en nombre y representación de Dª Eulalia , presentó escrito ante esta Sala con fecha 21 de octubre de 2013 personándose en calidad de recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Rafael Saraza Jimena .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de BANCO SANTANDER S.A., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 474 y 485 de la LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal y del recurso de casación formalizados y de sus documentos adjuntos a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  1. PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y EL RECURSO DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de BANCO DE SANTANDER S.A. contra la sentencia dictada con fecha 24 de enero de 2013, por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (Sección Tercera), en el rollo de apelación nº 710/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 484/2011 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Santa Cruz de Tenerife.

  2. ) Y entréguense copias del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal y del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 473.3 y en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

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