ATS, 17 de Septiembre de 2014

PonenteJOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
ECLIES:TS:2014:7135A
Número de Recurso3604/2013
ProcedimientoRECURSO CASACIÓN
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a diecisiete de septiembre de dos mil catorce.

HECHOS

Primero

Con fecha 29 de julio de 2014, la representación procesal de la mercantil I.L.P.-A., S.R.L. presentó escrito en el que tras interesar que se acuerde el acceso a la documentación que contiene el «CD carpeta de clemencia», lo concluyó con el siguiente SUPLICO:

que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo y acordar conforme a derecho.

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Segundo.- Con fecha 31 de julio de 2014, la representación procesal de la Sociedad Cooperativa Andaluza (SUCA) presentó, asimismo, escrito en el que tras efectuar las manifestaciones que consideró oportunas, lo concluyó con el siguiente SUPLICO:

que, respetuosamente, tenga por presentado este escrito junto con su documento anexo y copias, se me otorgue ACCESO Y VISTA a las declaraciones del solicitante de clemencia contenidas en la parte del expediente administrativo ahora remitida a esta Sala, identificada como "! CD Carpeta de Clemencia" (concretamente, según se desprende de la resolución impugnada, los folios 0014 a 0047, 0189 a 0196, y 0302 a 303 del expediente administrativo del que trae causa dicha resolución), de forma que una vez otorgado dicho acceso, y a la vista de la información contenida en el expediente, se pueda ejercitar con todas las garantías nuestro derecho de defensa, en su caso, mediante la presentación de unas alegaciones complementarias a las ya formuladas, continuando con la tramitación del presente recurso según los trámites legalmente establecidos.

.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Manuel Bandres Sanchez-Cruzat, Magistrado de la Sala.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

Las peticiones que formulan la representación procesal de I.L.P.A., S.R.L., personada como arte recurrente, y la representación procesal de la Sociedad Cooperativa Andaluza (SUCA), personada como parte recurrida en el recurso de casación, con el objeto de que por esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se acuerde el acceso de las declaraciones del solicitante de clemencia contenidas en el CD aportado a las actuaciones como documento confidencial identificado como «carpeta de clemencia», que forma parte del expediente administrativo, no pueden ser acogidas, en cuanto supondría una alteración sustancial de las bases, los presupuestos y fundamentos que rigen el recurso de casación, al producir de facto la revocación de los Autos de la Sala de instancia de 24 de abril de 2013 y de 7 de junio de 2013, que acordaron denegar la petición de acceso a la documentación, en cuanto que cabía mantener la declaración de confidencialidad realizada por la Comisión Nacional de la Competencia, teniendo en cuenta, además, que la parte recurrente ya ha formulado escrito de interposición, sin solicitar un nuevo plazo para su reformulación a la vista de la referida documentación, y que en este proceso la mercantil SUCA está personada como parte recurrida, de donde se desprende que no se le causa indefensión al poder oponerse a los motivos de casación deducidos por la defensa letrada de la mercantil recurrente, sin perjuicio de abordar las cuestiones expuestas en la sentencia que concluya este proceso casacional.

LA SALA ACUERDA:

Desestimar las peticiones formuladas por la representación procesal de I.L.P.A., S.R.L. y por la representación procesal de la Sociedad Cooperativa Andaluza (SUCA) de acceder a la documentación contenida en el CD identificado como «carpeta de clemencia».

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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