ATS, 22 de Abril de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:3278A
Número de Recurso2480/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución22 de Abril de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintidós de Abril de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de DOÑA Enma se presentó con fecha de 18 de octubre de 2013 escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y de casación, y por la representación procesal de DON Virgilio , se presentó escrito con fecha de 16 de octubre de 2013 interponiendo recurso de casación, respectivamente, contra la sentencia dictada con fecha de 13 de septiembre de 2013 por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 3161/2013 dimanante del juicio de modificación de medidas nº 345/2012 del Juzgado de Primera instancia nº 3 de Donostia.

  2. - Por Diligencia de Ordenación de 31 de octubre de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, habiéndose notificado la misma a los litigantes.

  3. - Por la Procuradora Doña Isabel Julia Corujo, en nombre y representación de DOÑA Enma , se presentó escrito con fecha de 6 de noviembre de 2013 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por la Procuradora Doña Imelda Marco López de Zubiria, en nombre y representación de DON Virgilio , presentó escrito con fecha de 20 de noviembre de 2013 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Es parte el Ministerio Fiscal.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de DOÑA Enma al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de DON Virgilio al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  3. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguense copias de los escritos de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas y al MINISTERIO FISCAL ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCION PROCESAL Y ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de DOÑA Enma contra la sentencia dictada con fecha de 13 de septiembre de 2013 por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 3161/2013 , dimanante del juicio de modificación de medidas nº 345/2012 del Juzgado de Primera instancia nº 3 de Donostia.

  2. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de DON Virgilio contra la citada resolución.

  3. ) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la partes recurridas personadas ante esta Sala y al MINISTERIO FISCAL para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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