ATS, 25 de Marzo de 2014

PonenteIGNACIO SANCHO GARGALLO
ECLIES:TS:2014:2338A
Número de Recurso1694/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Marzo de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad mercantil GALIA GRUPO INMOBILIARIO, S.L., presentó con fecha de 12 de junio de 2013 escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 2 de mayo de 2013 por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 8ª), en el rollo de apelación nº 1774/13 , dimanante del juicio ordinario nº 1488/2011 del Juzgado de Primera instancia nº 15 de Sevilla.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de 3 de julio de 2013 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes.

  3. - Por el Procurador Don Álvaro Francisco Arana Moro, en nombre y representación de GALIA GRUPO INMOBILIARIO, presentó con fecha de 5 de septiembre de 2013 escrito ante esta Sala personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por el Procurador Don Jorge Deleito García, en nombre y representación de la entidad mercantil GRUPO P.R.A., S.A., presentó escrito con fecha de 12 de septiembre de 2013 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida. Por el Procurador Don Miguel Ángel Montero Reiter, en nombre y representación de la entidad mercantil CAIXABANK, S.A., se presentó escrito con fecha de 5 de febrero de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Ignacio Sancho Gargallo ,

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por las representación procesal de la entidad mercantil GALIA GRUPO INMOBILIARIO, S.L. al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. )ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil GALIA GRUPO INMOBILIARIO, S.L., contra la sentencia dictada con fecha de 2 de mayo de 2013 por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 8ª), en el rollo de apelación nº 1774/13 , dimanante del juicio ordinario nº 1488/2011 del Juzgado de Primera instancia nº 15 de Sevilla.

  2. ) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la partes recurridas personadas ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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