ATS, 17 de Marzo de 2014

PonenteJUAN CARLOS TRILLO ALONSO
ECLIES:TS:2014:2167A
Número de Recurso419/2013
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a diecisiete de marzo de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

En el presente recurso, interpuesto por la Procuradora doña Carmen Azpeitia Bello en nombre y representación de don Jose Antonio , contra Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de octubre de 2013, por el que se acuerda "... la continuación del procedimiento de extradición solicitada por las autoridades de los Estados Unidos, del ciudadano de nacionalidad española Jose Antonio " , se solicitó el recibimiento del pleito a prueba mediante otrosí del escrito de demanda en los términos que pueden verse en las actuaciones.

SEGUNDO

Cumplimentado el trámite de contestación a la demanda, se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente para resolución sobre el recibimiento del pleito a prueba.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

UNICO.- Limitada la necesidad de recibimiento a prueba a aquellos supuestos en que exista disconformidad con los hechos y éstos fueran de trascendencia para la resolución del recurso ( artículo 60.3 de la Ley Jurisdiccional ), no ha lugar al recibimiento a prueba interesado por la parte recurrente, en cuanto los escritos de demanda y contestación nos revelan la innecesariedad de la solicitada, consistente en el expediente, ya unido a las actuaciones, y en la acompañada con el escrito de demanda, obrante en las actuaciones, sin que otra cosa pueda sostenerse con relación a la acreditación de la nacionalidad y residencia del recurrente, de lo que existe constancia en el expediente.

LA SALA ACUERDA:

No ha lugar al recibimiento del pleito a prueba, continuando el mismo por los trámites correspondientes.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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