ATS, 11 de Marzo de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2014:1801A
Número de Recurso1365/2012
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Marzo de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Cristobal presentó el día 27 de abril de 2012 escrito de interposición de recurso de casación, contra la sentencia dictada, con fecha 29 de marzo de 2012, por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 568/2011 , dimanante de los autos de juicio verbal de incapacitación número 429/2009 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Cieza.

  2. - Mediante providencia de fecha 4 de mayo de 2012 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes.

  3. - La Procuradora Dª Mariela del Valle Rojas Fernández del Pino, fue designada por el turno de oficio para ostentar la representación de D. Cristobal en el presente recurso, y fue tenida por parte recurrente mediante diligencia de ordenación de 25 de octubre de 2013. No se ha personado en las actuaciones la parte recurrida. es parte interviniente el Ministerio Fiscal.

  4. - Por Providencia de fecha 26 de noviembre de 2013 se pusieron de manifiesto las posibles causas de inadmisión del recurso a las partes personadas.

  5. - Por la parte recurrente se ha dejado transcurrir el plazo concedido sin formular alegaciones. La parte recurrida no ha formulado alegaciones, al no estar personada. Por su parte, el Ministerio Fiscal, mediante informe fechado el 28 de enero de 2014, se muestra conforme con las causas de inadmisión puestas de manifiesto.

  6. - Por la parte recurrente no se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, al gozar del beneficio de la justicia gratuita.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Examinadas nuevamente las actuaciones, procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Cristobal , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, al MINISTERIO FISCAL, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Cristobal contra la sentencia dictada, con fecha 29 de marzo de 2012, por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 568/2011 , dimanante de los autos de juicio verbal de incapacitación número 429/2009 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Cieza.

  2. ) Y entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, al MINISTERIO FISCAL, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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