ATS, 11 de Marzo de 2014

PonenteIGNACIO SANCHO GARGALLO
ECLIES:TS:2014:1789A
Número de Recurso1310/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Marzo de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de la MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA POLICÍA, con fecha 3 de mayo de 2013 se han interpuesto recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 20 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 10ª), en el rollo de apelación nº 833/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 575/2010, del Juzgado de Primera Instancia nº 58 de Madrid.

  2. - Por Diligencia de Ordenación de fecha 29 de mayo de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación, con fecha 31 de mayo, y 6 de junio de 2013.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la Procuradora Doña Mª Isabel Torres Ruiz, en nombre y representación de la MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA POLICÍA, presentó escrito ante esta Sala con fecha 3 de junio de 2013, personándose en calidad de parte recurrente. El Sr abogado del Estado, en representación y defensa de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, presentó escrito ante esta Sala con fecha 18 de julio de 2013, personándose en calidad de parte recurrida, y oponiéndose a la admisión de los recursos.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA POLICÍA, al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en los arts. 477.2, 2 º, y art 469 LEC y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA POLICÍA, contra la Sentencia dictada, en fecha 20 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 10ª), en el rollo de apelación nº 833/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 575/2010, del Juzgado de Primera Instancia nº 58 de Madrid.

  2. ) Y, de conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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