ATS, 6 de Marzo de 2014

PonenteEDUARDO ESPIN TEMPLADO
ECLIES:TS:2014:1725A
Número de Recurso420/2013
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a seis de marzo de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO .- El 3 de febrero pasado la representación procesal de la parte actora, el Ayuntamiento de Sant Quirze del Vallès ha presentado un escrito por el que interesa que se acuerde la suspensión del proceso por encontrarse las partes litigantes en conversaciones para intentar encontrar una solución extrajudicial a las cuestiones planteadas.

Se ha dado traslado de dicha solicitud a las demás partes personadas. El Abogado del Estado ha presentado escrito en el que manifiesta su oposición a la misma, por no acreditarse la concurrencia de causa que la justifique. La parte codemandada, el Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España, ha presentado un escrito manifestando que no ha tenido conocimiento de tales conversaciones.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo Espin Templado

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO .- Establece la Ley de Enjuiciamiento Civil en su artículo 19 que las partes podrán transigir sobre el objeto del recurso excepto cuando la ley lo prohíba o establezca limitaciones por razones de interés general o en beneficio de tercero en cualquier momento de la primera instancia o de los recursos, como es el presente caso. Además permite que soliciten la suspensión del proceso, que será acordada mediante auto siempre que no perjudique al interés general o a tercero por un plazo no superior a sesenta días.

Pues bien, a la vista de la solicitud formulada por la parte actora y no alegando las partes demadadas perjuicio propio o al interés general, procede acordar la suspensión del proceso instada por la actora por un plazo de sesenta días.

LA SALA ACUERDA:

SE SUSPENDE EL CURSO DEL PRESENTE RECURSO ORDINARIO por plazo de sesenta días.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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