ATS, 5 de Noviembre de 2012

PonenteJOAQUIN HUELIN MARTINEZ DE VELASCO
ECLIES:TS:2012:12554A
Número de Recurso7200/2010
ProcedimientoRECURSO CASACIÓN
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2012
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a cinco de noviembre de dos mil doce.

HECHOS

PRIMERO

Mediante escrito presentado en 14 de noviembre de 2012, el procurador de los Tribunales D. Albito Martínez Diez, en nombre y representación de doña Milagrosa , solicita de esta Sala que acuerde tener por desistida a dicha recurrente del recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 23 de noviembre de 2010 , dictada en el procedimiento ordinario número 423/2007.

SEGUNDO

Efectuado el traslado a la parte recurrida, el abogado del Estado presentó escrito en fecha 20 de noviembre de 2012, en el que manifestaba su conformidad con el desistimiento, solicitando la expresa condena en costas de la parte recurrente.

TERCERO

Por Decreto de la Señora Secretaria de esta Sala de 26 de noviembre de 2012, se acordó tener por desistida del recurso de casación a la parte recurrente, doña Milagrosa .

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Joaquin Huelin Martinez de Velasco, Magistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

UNICO .- El artículo 74.4 de la Ley Jurisdiccional no prevé la condena en costas preceptiva en los supuestos de desistimiento, a lo que ha de añadirse el criterio de esta Sala de favorecer y no dificultar dicho acto, siendo la no imposición de costas una manera de cumplir la finalidad pretendida (por todos, auto de esta Sala y Sección de 18 de abril de 2012 ).

LA SALA ACUERDA:

No haber lugar a la condena en costas solicitada por el Abogado del Estado.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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