ATS, 27 de Noviembre de 2008

PonenteBENIGNO VARELA AUTRAN
ECLIES:TS:2008:14699A
Número de Recurso50/2007
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2008
EmisorTribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Noviembre de dos mil ocho.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. BENIGNO VARELA AUTRÁN HECHOS

PRIMERO

Por Providencia de esta Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de 21 de mayo de 2008 se suspendió el señalamiento del presente procedimiento y se dio traslado a las partes y al Ministerio Fiscal por un plazo de 10 días sobre la posible nulidad de actuaciones.

SEGUNDO

Recibidos los escritos de las partes y el Ministerio Fiscal por el que se procede a la nulidad de actuaciones, se pasaron los mismos al Ponente al objeto de dictar la resolución oportuna.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- Resultando evidente que la única sentencia propuesta como contradictoria en el presente recurso, la del Tribunal Superior de Justicia de Casatilla-La Mancha, con sede en Albacete, de fecha 19 de enero de 1998, fue casada y anulada por sentencia de esta Sala de 17 de febrero de 1999, por lo que no había podido adquirir firmeza en fecha 18 de febrero de 1998, como así se hizo constar en la certificación de la misma aportada y unida a los autos, es evidente que para subsanar el error enunciado y para tutelar debidamente el interés jurídico de la parte recurrente, procede de conformidad con el dictamen del Ministerio Fiscal, anular actuaciones en el presente rollo hasta el momento de presentación del escrito de interposición del presente recurso de unificación de doctrina a fin de que se conceda a la parte la posibilidad de formularlo de nuevo, proponiendo otra sentencia contradictoria que resulte hábil a los fines del recurso promovido.

LA SALA ACUERDA:

Se declara la nulidad de actuaciones desde la fecha de interposición del presente recurso de casación para unificación de doctrina, a fin de que la parte recurrente pueda formular otro de nuevo con apoyo en otra sentencia que pueda resultar hábil a tal fin.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

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