Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 19 de Julio de 2004
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
"RECURSO ADMINISTRATIVO. URBANIZACIîN. CUOTAS. Se interpone recurso contencioso administrativo contra la notificaci—n efectuada por la sociedad Urbanizadora Corralejo Playa, S.A. relativa a la segunda cuota de urbanizaci—n asignada como propietario de la 1/2 del apartamento n¡ NUM000 del Pol’gono Apartamentos DIRECCION000 dentro de la URBANIZACIîN000. Anulado el acto del que derivan los concretos requerimientos del pago de cuotas, estos carecen de apoyatura jur’dica y se convierten, por eso s—lo, en disconformes a Derecho, ello con independencia de que sean o no acertados los argumentos que en aquella sentencia de 19 de Noviembre de 1999 fundaron la decisi—n anulatoria, (y que son los mismos que ahora utiliza la Sala de instancia), puesto que, siendo aquella decisi—n firme, no pueden ser ya discutidos. Tal como dice nuestra sentencia de 19 de Mayo de 2003 (casaci—n 5449/98), ""este Tribunal ha recordado en sus recientes sentencias de fechas 19 y 21 de Mayo de 1999, 25 de Septiembre de 2000, 19 de Marzo y 10 de Mayo de 2001 y 10 de Febrero y 5 del corriente mes y a–o, que la desaparici—n del objeto del recurso ha sido considerada, en muchas otras, como uno de los modos de terminaci—n del proceso contencioso administrativo; tanto cuando lo impugnado eran disposiciones generales, en que la ulterior derogaci—n de Žstas, o su declaraci—n de nulidad por sentencia anterior, ha determinado la desestimaci—n del recurso, no porque en su momento no estuviere fundado, sino porque la derogaci—n sobrevenida de la norma priva a la controversia de cualquier interŽs o utilidad real, (as’ sentencias de 24 de Marzo y 28 de Mayo de 1997 o 29 de Abril de 1998); como en recursos dirigidos contra resoluciones o actos administrativos singulares, en los que se ha considerado que desaparec’a su objeto cuando circunstancias posteriores les privaban de eficacia, hasta el punto de determinar la desaparici—n real de la controversia, (as’ en sentencias de 31 de Mayo de 1986, 25 de Mayo de 1990, 5 de Junio de 1995 y 8 de Mayo de 1997)"". Instancia estima el recurso contencioso administrativo. La alzada desestima el recurso de casaci—n."
Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Administrado
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 19 de Julio de 2004
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a diecinueve de Julio de dos mil cuatro. Visto el recurso de casación interpuesto por el Procurador D.Saturnino Estevez Rodríguez, en nombre y representación del Ayuntamiento de La Oliva promovido contra la sentencia dictada el 9 de noviembre de 2001, por la Sala de lo Contencioso Administrativo, con sede en Las Palmas, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en recurso sobre fijación de ...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Compañía
Otros documentos:
miles de manifestantes exigen compromisos por el clima | Las mujeres cumplen 30 años en la Policía | sentencia nº 222/2009 de ap madrid, sección 29ª, september 07, 2009 | 450647 Carnicas el Alcazar Sl. | world news bulletin brick body was believed to be vampire | She Knows She Didn t Come From My Tummy | Jake and Elwood Sing the Blues | alphington