Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 12 de Mayo de 2008

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Resumen


URBANISMO. Existiendo o no esa ulterior formalización de la aprobación definitiva del Programa por parte del Ayuntamiento, la interrelación entre los distintos apartados del acuerdo municipal hace que la efectividad de todos ellos, incluidos aquellos en los que la Corporación se pronuncia sobre cuestiones que son de su competencia, queda subordinada a la decisión que adopte la Comunidad Autónoma en su esfera de atribuciones. Se desestima el contencioso administrativo.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 12 de Mayo de 2008

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a doce de Mayo de dos mil ocho.

La Sala constituida por los Excmos. Sres. Magistrados relacionados al margen ha visto el recurso de casación nº 2039/07 interpuesto por el Procurador D. Enrique Hernández Tabernilla en representación de LOGOLUTION, S.A. contra el auto de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana de 8 de febrero de 2007 desestimatorio del recurso de súplica dirigido contra auto de la misma Sala de 24 de noviembre de 2006 en el que se declara inadmisible el recurso contencioso-administrativo nº 732/06. Se ha personado en las presentes actuaciones, como parte recurrida, el AYUNTAMIENTO DE OLIVA, representado por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillén.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La entidad LOGOLUTION, S.A. interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Oliva de 24 de enero de 2006 en cuyos diferentes apartados se adoptan, en síntesis...

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