Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 29 de Mayo de 2000
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Resumen
"RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. INCAPACIDAD TEMPORAL.AUSENCIA DE CONTRADICCIÓN. La sentencia recurrida estimó el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social y declaró que es la empresa que ha asumido en régimen de colaboración voluntaria el pago de la prestación de incapacidad temporal la que debe continuar abonando a su cargo dicha prestación. El fallo de la sentencia recurrida y el de la de contraste son coincidentes. Donde discrepan es en el pronunciamiento sobre el anticipo. Y en este punto es donde desaparece la identidad, porque la sentencia de contraste desestimó el recurso de la empresa y confirmó el fallo de suplicación recurrido, que establecía que con estimación del recurso de suplicación y revocación de la sentencia de instancia ""debemos condenar y condenamos a Tabacalera, S.A., al pago de prestaciones por incapacidad laboral transitoria (...) y debemos absolver y absolvemos al INSS y TGSS. Al no haberse cumplido el requisito de la contradicción entre las sentencias, procede en este momento la desestimación del recurso."
Frases clave
“ en orden a la decisión sobre la responsabilidad, el fallo de la sentencia recurrida y el de la de contraste son coincidentes. Donde discrepan es en el pronunciamiento sobre el anticipo, que se contiene en la sentencia recurrida, pero no en la de contraste. Y en este punto es donde desaparece la identidad, porque la sentencia de contraste desestimó el recurso de la empresa y confirmó el fallo de suplicación recurrido, que establecía que con estimación del recurso de suplicación y revocación de la sentencia de instancia "debemos condenar y condenamos a Tabacalera, S.A., al pago de prestaciones por incapacidad laboral transitoria (...) y debemos absolver y absolvemos al INSS y TGSS ”
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 29 de Mayo de 2000
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representado por el Procurador Sr. R.D.V.
y defendido por Letrado, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 14 de julio de 1.999, en el recurso de suplicación nº 7795/98, interpuesto frente a la sentencia dictada el 28 de abril de 1.998 por el Juzgado de...Ver el contenido completo de este documento
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