Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 17 de Mayo de 2004
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Resumen
UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. EJECUCIÓN DE SENTENCIA.El artículo 217 de la Ley de Procedimiento Laboral exige para la viabilidad del recurso de casación para la unificación de doctrina que exista una contradicción entre la resolución judicial que se impugna y otra resolución judicial que ha de ser una sentencia de una Sala de lo Social de un Tribunal Superior de Justicia o de la Sala IV del Tribunal Supremo. La contradicción requiere que las resoluciones que se comparan contengan pronunciamientos distintos sobre el mismo objeto. Se desestima el recurso de suplicación. Se declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina.
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Historial del Caso
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Extracto
Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 17 de Mayo de 2004
AUTO
En la Villa de Madrid, a diecisiete de Mayo de dos mil cuatro.HECHOSPRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social Nº 1 de los de Ciudad Real se dictó auto en fecha 16 de julio de 2002, en el procedimiento nº 397/99 seguido a instancia de Dª Asunción y D. Antonio contra GRUAS PUERTOLLANO, S.L., sobre ejecución de sentencia, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra el auto de ...Ver el contenido completo de este documento
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