Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 22 de Diciembre de 1994
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Resumen
RECURSO PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. AUSENCIA DE CONTRADICICÓN. Se interpone recurso de unificación contra la sentencia que no hizo lugar a la solicitud de la prestación de muerte y supervivencia por no hallarse el causante en alta ni en situación asimilada en el momento del fallecimiento. No existe contradicción entre las sentencias que pretenden contraponerse. Son distintos los regímenes. Son distintas, sobre todo, las circunstancias. En el caso de la sentencia de Valladolid se produjo una declaración de invalidez permanente absoluta, que impedía el trabajo. En el de la impugnada fue de invalidez permanente total, que no lo impedía, como en efecto no lo impidió. La Sala de Valladolid estimó las pretensiones del actor porque aplicó el artículo 2°. 4. e) de la Orden de 13 de febrero de 1967. La de Cataluña, que las rechazó, no hubiese podido desde luego aplicar ese precepto y en todo caso se apoyó en otros hechos y se sirvió de otras razones para llegar a su postura desestimatoria. Se rechaza la demanda en primera instancia, se desestima el recurso.
Frases clave
“ Ahora bien, la contradicción que el artículo 216 de la Ley de Procedimiento Laboral exige para la viabilidad de este tipo de recurso requiere para su apreciación, como esta Sala viene reiteradamente declarando, que las resoluciones que se comparan contengan pronunciamientos distintos sobre el mismo objeto, es decir, que se produzca una diversidad de respuestas judiciales ante controversias esencialmente iguales; y, aunque no se exige una identidad absoluta, sí es preciso, como señala el precepto citado, que, respecto a los mismos litigantes u otros en la misma situación, se haya llegado a esa diversidad de las decisiones pese a tratarse de hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales, correspondiendo a la parte recurrente la carga de determinar, mediante una relación precisa y circunstanciada, la concurrencia de la contradicción alegada. ”
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Instituto Nacional de la Seguridad Social
Extracto
Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 22 de Diciembre de 1994
En la Villa de Madrid, a veintidós de Diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por DOÑA Begoña, representada y defendida por el Letrado D. Manuel Rodríguez Costa, contra la sentencia dictada con fecha 9 de marzo de 1994 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, al conocer del de suplicación articulado por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representado por el Procurador D. Fernando Ruiz de Velasco y Martínez Ercilla y defendido por letrado, contra sentencia del Juzgado de igual clase núm. 20 de los de Barcelona,...Ver el contenido completo de este documento
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