Sentencia nº 1279/2005 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 14 de Noviembre de 2005

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Resumen


DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. TRÁFICO DE DROGAS. TENENCIA PARA CONSUMO PERSONAL. ATENUANTE. Mientras no conste que haya sido previamente concertado con el traficante, no puede ser considerado típico, pues la recepción de droga para el propio consumo carece de toda relevancia penal. La exigencia de este acuerdo entre el traficante y el acusado es esencial según el criterios material- objetivo. Esto punto de vista excluye que la calificación de la conducta del partícipe dependa de lo que subjetivamente haya querido (teoría subjetiva), sino del sentido objetivo de su acción. Se condena en primera instancia. Se hace lugar al recurso de casación.

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Extracto


Sentencia nº 1279/2005 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 14 de Noviembre de 2005

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a catorce de Noviembre de dos mil cinco.

En el recurso de casación por quebrantamiento de forma e infracción de Ley que ante Nos pende interpuesto por los procesados Ramón y Hugo contra sentencias de la Audiencia Provincial de Albacete, que les condenó por delito contra la salud pública, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que arriba se expresan se han constituido para la deliberación y fallo bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. D. Enrique Bacigalupo Zapater, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dichos procesados, como partes recurrentes, representados por los Procuradores Sres. Pérez Cruz y Albadalejo Martínez, respectivamente.

I. ANTECEDENTES

1.- El Juzgado de Instrucción número 6 de Albacete incoó procedimiento abreviado número 4050/02 contra los procesados Ramón, Hugo y Gregorio y, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Albacete que con fechas 1 de julio de 2003 y 3 de noviembre de 2003 dictó sentencias que contienen los siguien...

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