Auto nº 1818/2003 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 6 de Noviembre de 2003
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Resumen
TRÁFICO DE DROGAS. PENAS. Se acredita la comisión por el acusado de un delito contra la salud pública en la modalidad de tráfico de drogas. Si las razones de la individualización de la pena es siempre necesaria, sólo se convierte en imprescindible en algunos supuestos, como cuando se lleva al máximo la punición sin razón aparente, o cuando uno de los coautores es sancionado con pena superior a la impuesta a los otros, sin motivo evidente o cuando se impone a todos los acusados penas iguales, pese a concurrir en alguno de ellos alguna circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal. Se condena en primera instancia al acusado. No se hace lugar al recurso de casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Condena
Extracto
Auto nº 1818/2003 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 6 de Noviembre de 2003
En la Villa de Madrid, a seis de Noviembre de dos mil tres.I. HECHOS
PRIMERO.- Dictada Sentencia por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 4ª), en autos nº 42/2002, se interpuso Recurso de Casación por Vicentemediante la presentación ...Ver el contenido completo de este documento
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