Sentencia nº 1072/2002 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 10 de Junio de 2002
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Resumen
"TRÁFICO DE DROGAS. HOMICIDIO. El quebrantamiento de formas, presupone que se consignen como hechos probados aquellos que coincidan con los empleados por el legislador para la descripción del núcleo del tipo, cuyo alcance y significación sólo puede ser conocido por quien tenga conocimientos jurídicos. Las palabras o locuciones empleadas son perfectamente entendibles por cualquier persona; se limitan a describir lo sucedido, y sin que se necesite de especiales conocimientos jurídicos para su comprensión. En primera instancia se condena. Se estima parcialmente casación. "
Frases clave
“ Es doctrina reiterada de esta Sala que el expresado motivo del recurso de casación presupone el que se consignen como hechos probados aquellos que coincidan con los empleados por el legislador para la descripción del núcleo del tipo, cuyo alcance y significación sólo puede ser conocido por quien tenga conocimientos jurídicos y que han sustituido a los hechos de tal medida que de suprimirse mentalmente el relato fáctico quedaría desposeído de la base necesaria para efectuar la correspondiente calificación jurídica antecedente del fallo. Y eso no sucede en las frases que se reseñan. Las palabras o locuciones empleadas son perfectamente entendibles por cualquier persona; se limitan a describir lo sucedido, y sin que se necesite de especiales conocimientos jurídicos para su comprensión. ”
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Condena
Extracto
Sentencia nº 1072/2002 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 10 de Junio de 2002
D. CARLOS GRANADOS PEREZD. ANDRES MARTINEZ ARRIETAD. JUAN SAAVEDRA RUIZD. MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCAD. EDUARDO MONER MUÑOZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a diez de Junio de dos mil dos. En los recursos de casación por infracción de preceptos constitucionales, quebrantamiento de forma e infracción de Ley que ante Nos pende, interpuestos por David , Rafael y Juan Alberto , contra sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia que les condenó, al primero, por delitos contra la salud pública, falsificación de documento de identidad, tenencia ilícita de armas y homicidio; al segundo por delitos contra la salud pública y tenencia ilícita de armas; y al tercero, por delitos contra la salud pública y homicidio, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la vista y votación bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. D. Carlos Granados Pérez, siendo también parte el Ministerio Fiscal, y estando dichos recurrentes representados, los dos primeros, por la Procuradora Sra. Cano Lantero, y el tercero por la Procuradora Sra. Albi Murcia.I. ANTECEDENTES 1.- El Juzgado de Instrucción número 4 de Torrent instruyó Sumario con el número 1/93, y una vez concluso fue elevado a la Audiencia Provincial de Valencia que, con fecha 18 de abril de 2001, dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: "PRIMERO Se declara probado que en los siguientes hechos intervinieron estas personas: David , 27 años de edad y condenado anteriormente en sentencia firme de 20-3-1991 por delito contra la salud pública y en sentencia firme de 18 de junio de 1991 por delito de estafa y simulación de delito; Juan Alberto de 42 años de edad y condenado anteriormente en sentencia firme del 12-7-1991 por delito de robo; Rafael , de 25 años de edad y sin antecedentes penales; Sergio , de 22 años de edad y sin antecedentes penales. SEGUNDO.- Se declara probado que en los días anteriores al 16 de enero de 1.993 se reúnen y se ponen de acuerdo David y Juan Alberto para llevar a cabo una operación de intercambio de sustancias estupefacientes, en concreto cocaína, a cambio de dinero y tras varios contactos con personas desconocidas que no constan van preparando su actividad buscando a personas que tuvieran la droga para hacer el intercambio por dinero; en ejecución de este plan concertado por las dos personas anteriores David le dice a su hermano Rafael que acuda en su apoyo en la operación para estar presentes y participar así en el negocio aceptando Rafael su papel de ayudante; además David contacta con un amigo suyo Sergio para que llevara a cabo el transporte de la droga un día indeterminado desde un lug...Ver el contenido completo de este documento
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