Sentencia nº 2397/2001 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 10 de Diciembre de 2001

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Resumen


"TRÁFICO DE DROGAS. CANTIDAD. Debe considerarse que la cantidad de droga de ""notoria importancia"", deberá apreciarse a partir de las quinientas dosis diarias de un consumidor habitual de la droga de que se trate, que, tratándose de cocaína, se ha estimado suponen setecientos cincuenta gramos de sustancia pura. En primera instancia se condena al imputado. Se desestima la casación. "

Frases clave


La cuestión planteada en este recurso ha sido afrontada por la Sala General no jurisdiccional de este Tribunal, en su reunión del día 19 de octubre de 2001, en la que, en línea con los argumentos expuestos en la sentencia recurrida, se ha llegado al acuerdo de modificar el criterio jurisprudencial mantenido hasta dicha fecha, en el sentido de considerar que la cantidad de droga de "notoria importancia", a partir de ahora, deberá apreciarse a partir de las quinientas dosis diarias de un consumidor habitual de la droga de que se trate, que, tratándose de cocaína, se ha estimado suponen setecientos cincuenta gramos de sustancia pura.

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Extracto


Sentencia nº 2397/2001 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 10 de Diciembre de 2001

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diez de Diciembre de dos mil uno.

En el recurso de casación por infracción de ley que ante Nos pende interpuesto por el MINISTERIO FISCAL contra sentencia de fecha 26 de marzo de 2001 dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en causa seguida a Jose Carlos por delito de tráfico de drogas, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituí...

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