Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 20 de Diciembre de 1996

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Abogados Laboral y Seguridad Social

Resumen


"PLUS DE TOXICIDAD, PENOSIDAD Y PELIGROSIDAD. ""Se percibirá por la realización habitual de trabajos en puestos excepcionalmente peligrosos, penosos o tóxicos, previa valoración, en su caso, de los informes emitidos por los gabinetes de medicina, higiene y seguridad en el trabajo y resolución favorable de la autoridad laboral competente""; este precepto es interpretado por dicha sentencia recurrida en el sentido de que ""para que opere la concesión del plus de peligrosidad reclamado debe existir resolución previa favorable de la autoridad laboral competente, como así establece el art. 49 del Convenio Colectivo aplicable"", y por ello concluye que debe ""por tanto ser reconocido dicho plus desde el momento de su concesión. Se desestima la casación. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 20 de Diciembre de 1996

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinte de Diciembre de mil novecientos noventa y seis.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina, interpuesto por el Letrado don Carlos Martínez del Valle en nombre y representación de don Rodrigo, don Eduardo, don Luis Enrique, don Matías, don Constantino, don Luis Pedro, don Marcos, don Daniel, don Jesús Ángel, don Plácido, don Federico, don Pedro Enrique, don Jose Carlos, don Íñigo, don Blas, don Jesús Carlos, don Serafin, don Ignacio, don Benjamín, don Juan Antonio, don Jose Luis, don Leonardo, don Evaristo, don Alonso, don Jesus Miguel, don Jose Ramón, don Octavio, don Humberto, don Donato, don Carlos, don Alejandro, don Juan Ignacio, don Carlos Francisco, don Jose Pedro, don Tomá...

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