Sentencia nº 1169/2000 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 15 de Diciembre de 2003

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Resumen


TESTAMENTO: No atribuye por sí solo la propiedad de los bienes de la herencia. ADICIÓN A LA PARTICIÓN: Procede respecto del dinero existente en depósitos bancarios y omitido en su día. ALIMENTOS: Improcedencia de repercutir en contra de los demás hijos las atenciones al padre por uno de ellos que, necesitado económicamente, disfrutó de la vivienda del padre y de los servicios correspondientes. RECURSO DE CASACIÓN: Inadmisibilidad de cuestiones cuyo planteamiento se omitió en apelación.

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Extracto


Sentencia nº 1169/2000 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 15 de Diciembre de 2003

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a quince de Diciembre de dos mil tres.

La Sala Primera del Tribunal Supremo, constituida por los Magistrados indicados al margen, ha visto el presente recurso de casación interpuesto por el Procurador D. Antonio Barreiro-Meiro Barbero, en nombre y representación de Dª María Virtudes y D. Enrique , contra la sentencia dictada con fecha 24 de septiembre de 1997 por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña en el recurso de apelación nº 3168/96 dimanante de los autos de juicio declarativo de menor cuantía nº 349/95 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ribeira, sobre adición de bienes a la partición de la herencia de los padres de los litigantes. Han sido parte recurrida D. Darío , D. Juan Luis y Dª Margarita , representados por la Procuradora Dª María Rodríguez Puyol.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 20 de octubre de 1995 se presentó demanda interpuesta por D. Darío , D. Juan Luis y Dª Margarita contra Dª María Virtudes y su esposo D. Enrique solicitando se dictara sentencia por la que se declarase "que el metálico existente en las cuentas, libretas, y c...

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