Sentencia nº 138/1994 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 2 de Febrero de 1994

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Resumen


TESTAMENTO. Habiendo quedado probado palmariamente con la literalidad de la disposición testamentaria que no deja lugar a dudas sobre la verdadera voluntad e intención del testador de legar a los demandantes pertenecidos, y existiendo estos, no cabe que se siga el criterio interesado que mantiene el recurrente, pues es constante y reiterada la doctrina de esta Sala la de que la interpretación de los testamentos es función propia de los Juzgadores de instancia, cuyas conclusiones hermeneúticas deben ser respetadas en casación, salvo el supuesto de que puedan ser calificadas de ilógicas o contravenir a la voluntad del testador, lo que no sucede en el caso. Se desestima la casaci?

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia nº 138/1994 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 2 de Febrero de 1994

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dos de Febrero de mil novecientos noventa y cuatro.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Tercera, como consecuencia de autos, juicio de menor cuantía seguidos ante el Juzgado de Primera instancia de Guernica sobre nulidad de adjudicaciones de cuaderno particional de herencia y otros extremos, cuyo recurso fue interpuesto por Doña Soniarepresentada por el procurador de los tribunales Don Luis Pulgar Aroyo y asistida del Letrado Don Ivon Nuñez Echarri, en el que son recurridos Don Jesús y Don Jose Pedrorepresentados por el procurador de los tribunales Don Jose Luis Martín Jaureguibeitia y asistidos del Letrado Don Javier Oleaga Echevarría y Doña Montserrat, Doña Rosay Don ...

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