Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 25 de Abril de 2001

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Resumen


"TERCERÍA DE MEJOR DERECHO. Amén de que la sentencia recurrida no se basa en la pignoración, no existen indicios de que fuera ficticio el crédito del demandante tercerista, que estaba originado por deudas anteriores, según señala el segundo de los fundamentos jurídicos de la sentencia de instancia, pero ello, como argumenta la misma, ""no supone una desnaturalización de la póliza, que puede y fue suscrita con tal finalidad, claramente lícita, habitual en el tráfico, y carente de todo sentido simulador, ya que con el nuevo convenio entre la entidad bancaria y su cliente deudor, instrumentalizado en la póliza, se viene a otorgar, real y efectivamente, por el primero un crédito al segundo, el reintegro del cual se aplaza a las fechas de vencimiento a tres meses"", cuya posición, justificativa de la existencia de causa en el contrato y de la licitud de ésta, es aceptada por esta Sala. Se estima la demanda. Se desestima la apelación."

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 25 de Abril de 2001

D. ALFONSO VILLAGOMEZ RODILD. ROMAN GARCIA VARELAD. JESUS CORBAL FERNANDEZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Abril de dos mil uno.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo integrada por los Magistrados arriba indicados, el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada en grado de apelación, en fecha 5 de octubre de 1995, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, como consecuencia de autos de juicio declarativo de menor cuantía sobre tercería de mejor derecho seguidos con el número 1...

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