Sentencia nº 855/2006 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 14 de Septiembre de 2006
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Resumen
TERCERÍA DE DOMINIO. SOCIEDAD. Se discute la validez de la compraventa efectuada por la sociedad tercerista. La acción de tercería de dominio, resuelve la cuestión de que, ante el embargo de un bien, el tercero que alega ser propietario, y la interpone para que declare que él es el titular verdadero del derecho de propiedad y se alce el embargo trabado sobre su cosa. La verdadera naturaleza de la tercería del dominio es de acción declarativa de propiedad cuyo objeto es la declaración de propiedad y el levantamiento del embargo. El negocio jurídico carente de causa es el simulado con simulación absoluta, que al estar falto de aquel elemento esencial es inexistente. Para aplicar la doctrina del levantamiento del velo, se deduce que no cabe la alegación de la separación de patrimonios de la persona jurídica por razón de tener personalidad jurídica, cuando tal separación es, en la realidad, una ficción que pretende obtener un fin fraudulento, como incumplir un contrato, eludir la responsabilidad contractual o extracontractual, aparentar insolvencia, etc. Se estima la demanda. Se acepta el recurso de Apelación. No se hace lugar al recurso de Casación.
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Historial del Caso
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Extracto
Sentencia nº 855/2006 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 14 de Septiembre de 2006
JUAN ANTONIO XIOL RIOSXAVIER O'CALLAGHAN MUÑOZANTONIO SALAS CARCELLER
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a catorce de Septiembre de dos mil seis.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, como consecuencia de juicio ordinario declarativo de menor cuantía, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, cuyo recurso fue interpuesto por la Procuradora Dª Mercedes Blanco Fernández, en nombre y representación de "Macservi, S.A.", defendida por el Letrado D. Juan José Rodríguez Martínez; siendo parte recurrida el Procurador D. Gustavo Aragón y Ramírez de Pineda, en nombre y representación de "Novoauto, S.A." y "Canarias Shipping, S.A.".ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- 1.- La Procuradora Dª Dulce María Cabeza Delgado, en nombre y representación de "Macservi, S.A.", interpuso demanda de tercería de dominio, en juicio declarativo de menor cuantía, contra "Canarias Shipping, S.A.", "Novauto, S.A.", D. Gonzalo, D. Jose María, D....Ver el contenido completo de este documento
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