Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 3 de Junio de 2003
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Resumen
TERCERÍA DE DOMINIO. CASACIÓN. La tercería de dominio no se concibe ya como proceso ordinario definitorio del dominio y con el efecto secundario del alzamiento del embargo del bien objeto de la tercería, sino como incidente, en sentido estricto, de la ejecución, encaminado directa y exclusivamente a decidir si procede la desafección o el mantenimiento del embargo. Se desestima la queja.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 3 de Junio de 2003
En la Villa de Madrid, a tres de Junio de dos mil tres.I. ANTECEDENTES DE HECHO
1.- En el rollo de apelación nº 228/2002 la Audiencia Provincial de Murcia (Sección Cuarta) dictó Auto, de fecha 30 de diciembre de 2002, declarando no haber lugar a tener por preparado recurso de casación y extr...Ver el contenido completo de este documento
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