Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 17 de Marzo de 1992

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Resumen


IMPUGNACIÓN DE LIQUIDACIÓN. TASAS MUNICIPALES. DESARROLLO URBANÍSTICO. SUJETO PASIVO. La naturaleza normativa de los planes parciales de urbanización es algo aceptado por la doctrina y reiteradamente proclamado por la jurisprudencia por lo que no puede conectarse su formulación con la idea de beneficio o afectación particular que es imprescindible las tasas. Por que se refiere a los proyectos de urbanización, existe jurisprudencia reiterada que les niega naturaleza normativa y les encuadra dentro de los actos administrativos dictados en ejecución del planeamiento. Sin embargo la inmediata relación en que se encuentran con el plan parcial, en cuanto complemento indispensable de aquél, su extensión a todo el polígono para realizar en él todas las determinaciones que el plan prevea en cuanto a obras de urbanización ponen de relieve que prima el elemento comunitario sobre el individual, por lo que tampoco cabe imponer sobre tales actuaciones la exigencia de tasas municipales. Desestimada la reclamación económico administrativa, se interpuso recurso contencioso administrativo que fue desestimado.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Administración

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 17 de Marzo de 1992

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diecisiete de Marzo de mil novecientos noventa y dos.

. Visto el recurso contencioso-administrativo que ante Nos pende en grado de apelación interpuesto por PARQUE RESIDENCIAL NORMA S.A. y JUNTAS DE COMPENSACION NUMEROS 1 y 2 DE "LA SIERRILLA representadas por la Procuradora Doña Pilar Iribarren Cavalle con la asistencia de Abogado contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de ...

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