Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 25 de Septiembre de 2003
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Resumen
TASACIÓN DE COSTAS.HONORARIOS EXCESIVOS.IMPUGNACION. La impugnación se funda en la diferencia existente entre la cantidad reclamada por el procurador y la recogida en la tasación de costas a cuyo efecto ha de tomarse en consideración la cantidad reclamada por el procurador en cuanto viene amparada por el arancel, pues la inclusión de una cantidad superior en la tasación de costas supone incurrir en incongruencia al dar mas de lo pedido. Se estima la impugnación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Impugnante en Costas
Extracto
Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 25 de Septiembre de 2003
En la Villa de Madrid, a veinticinco de Septiembre de dos mil tres.ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por auto de 24 de enero de 2003 se acordó la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Santiagocontra la sentencia de 29 de octubre de 1999...Ver el contenido completo de este documento
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