Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 19 de Diciembre de 2001
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Resumen
"TASACIÓN DE COSTAS. IMPUGNACIÓN. Se impugna tasación de costas. La recurrente, fundamenta jurídicamente la impugnación de la partida en que, al no haber tenido lugar celebración de vista, nos encontramos en el supuesto previsto en el artículo 429, de la Ley de Enjuiciamiento civil por haberse incluido una partida de honorarios que no corresponde pagar al condenado en costas, por lo que, el recurso del Ayuntamiento tiene que prosperar necesariamente pues, efectivamente, vista no se ha practicado, ni tampoco fue pedida por los letrados minutantes. Se acoje así la pretensión del recurrente, estimándose la casación interpuesta."
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Impugnante en Costas
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 19 de Diciembre de 2001
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a diecinueve de Diciembre de dos mil uno.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- En el recurso de casación número 8155/1994, tramitado ante esta Sección 6ª de la Sala 3ª del Tribunal Supremo, se ...Ver el contenido completo de este documento
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