Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 26 de Enero de 2006
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Resumen
SUSPENSIÓN DE EJECUCIÓN DE LIQUIDACIÓN TRIBUTARIA. RECURSO DE CASACIÓN. ARCHIVO POR FALTA DE OBJETO. Se reclama contra la sentencia estimatoria de recurso de casación contra resolución del Tribunal Económico Administrativo sobre suspensión de ejecución de liquidación tributaria. En consecuencia, el recurso de casación contra la sentencia por la que se resuelve sobre la suspensión pierde su fundamento cuando se dicta sentencia definitiva en los autos principales, pues no es posible debatir en el proceso sobre la procedencia o improcedencia de una medida que carece ya de contenido por haberse agotado el lapso temporal que limita su eficacia procesal. En los supuestos de haberse pronunciado sentencia, aunque ésta no sea firme por haber sido recurrida en casación, al ser susceptible de ejecución conforme al art. 91 de la LJCA/1998 , carece de significado la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado. Se archivan las actuaciones.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 26 de Enero de 2006
RAFAEL FERNANDEZ MONTALVOMANUEL VICENTE GARZON HERREROJUAN GONZALO MARTINEZ MICOEMILIO FRIAS PONCEJAIME ROUANET MOSCARDO
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintiséis de Enero de dos mil seis. Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Segunda por los Excmos. Sres. Magistrados anotados al margen, el presente recurso de casación que con el num. 1123/2000 ante la misma pende de resolución, promovido por la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y dirigida por el Abogado del Estado, contra la sentencia dictada, con fecha 21 de octubre de 1999, por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña , estimatoria del recurso de dicho orden jurisdiccional seguido ante la misma bajo el num. 1168/1995, promovido por la Escuela de Alta Dirección y Administración de Barcelona, -- que ha comparecido en estas actuaciones como parte recurrida, bajo la representación de Procurador y la dirección técnico-jurídica de Letrado --, contra seis resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña que denegaron la suspensión de las liquidaciones giradas por la Delegación Especial de Cataluña de la Agencia Tributaria a la citada Escuela en concepto de Impuesto sobre Sociedades, afectantes a diversos ejercicios, por importes respectivos de 32.581.677, 55.442.825, 16.551.616, 12.207.768, 5.547.414 y 19.984.430 pesetas.ANTECEDE...Ver el contenido completo de este documento
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