Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 24 de Enero de 2001

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Resumen


SUSPENSIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO. CAUCIÓN. POSIBLES DAÑOS Y PERJUICIOS. El Tribunal que acuerde la suspensión exigirá siempre que pudiera resultar daño o perjuicio a los intereses públicos o de terceros, caución suficiente para responder. Y teniendo en cuenta que el derecho a la suspensión de la ejecución en cuanto integrante del derecho a la tutela judicial efectiva es un derecho de configuración legal que por ello mismo únicamente puede ser disfrutado en los términos previstos por la Ley, y como hemos visto anteriormente la Ley exige caución suficiente, por lo cual no se vulnera el principio de tutela judicial efectiva. Se desestima el recurso de casación.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 24 de Enero de 2001

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Enero de dos mil uno.

Vistos por esta Sección de la Sala Tercera los pre-sentes autos 3/1.695/1999, promovi-dos por la Administración General del Estado, representada y defendida por Abogado del...

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