Sentencia nº 1009/2007 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 24 de Septiembre de 2007
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Resumen
ARRENDAMIENTO DE OBRA. ACCIÓN DIRECTA DEL SUBCONTRATISTA. PAGO AL CONTRATISTA PRINCIPAL. PRUEBA. DOCUMENTOS PRIVADOS. Por una empresa subcontratista de trabajos de ejecución se ejercita acción directa frente al comitente y dueño de la obra y frente al contratista principal. La doctrina jurisprudencial de este Tribunal ha determinado el valor probatorio de un documento privado conjugándolo con otras pruebas, ya que la prueba que emana del mismo no es superior a las demás, y no constituye prueba legal o tasada respecto de su veracidad intrínseca, que puede ser desvirtuada por los demás elementos probatorios. En primera instancia se admite la demanda. Se desestima el recurso de casación.
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Extracto
Sentencia nº 1009/2007 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 24 de Septiembre de 2007
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Septiembre de dos mil siete.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. Magistrados al margen indicados, el recurso de casación interpuesto por la mercantil Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles, S.A., contra la sentencia dictada en grado de apelación con fecha 16 de mayo de 2000 por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa (Sección Tercera), dimanante del juicio de menor cuantía número 170/97 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de los de San Sebastián. Es parte recurrida la entidad Eula S.A.L., representada por el Procurador de los Tribunales Don José Manuel Dorremochea Aramburu, así como la entidad Askilan S.A., no comparecida ante esta Sala.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- El Juzgado de Primera Instancia Número 2 de los de San Sebastián conoció el juicio de menor cuantía número 170/97 seguido a instancia de la mercantil Eula, S.A.L.Por la mercantil Eula, S.A.L. se formuló demanda en base a cuantos hechos y fundamentos de derecho estimó de...Ver el contenido completo de este documento
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