Sentencia nº 3213/1998 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 12 de Mayo de 2000
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Resumen
EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD PENAL. PRESCRIPCION DEL DELITO. En este sentido, hemos declarado que la prescripción sólo se interrumpe cuando se ha llevado a efecto una efectiva actividad judicial que se plasma en actos concretos que producen actuaciones del órgano jurisdiccional encargado de la instrucción o enjuiciamiento (SSTS 13.5.93, 22.7.93, 17.11.93, 11.10.97), no reputándose como tales actuaciones procesales como el ofrecimiento de acciones, la tasación de efectos o, incluso la reclamación de antecedentes penales, en general, aquellas resoluciones sin contenido sustancial que no contribuyen a la efectiva prosecución del procedimiento. En primera instancia se absuelve al acusado. Se desestima la casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Acusado
Extracto
Sentencia nº 3213/1998 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 12 de Mayo de 2000
En la causa incoada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Bilbao, con el número 89/94 de la Audiencia Provincial de Vizcaya, por delito de robo con violencia contra J.M.T.G. y en cuya causa dictó sentencia la mencionada Audiencia con fecha 11 de Abril de mil novecientos y ocho, que ha sido casada y anulada por la pronunciada en el día de hoy por esta Sala Segunda del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. expresados al margen y bajo la Ponencia del Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta, hace constar lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHOUNICO.- Se aceptan y reproducen los antecedentes de hecho de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Vizcaya, a excepción de cuanto expresa de J.M.T.G,. suministra a los otros acusados datos de la joyería ojeto del robo con intimidación.PRIMERO.- Se aceptan y reproducen los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida añadiendo los de la primera sentencia dictada por esta Sala. SEGUNDO.- Que por las razones expresadas en el cuarto de los fundamentos jurídicos de la sentencia de casación procede la estimación del recurso interpuesto por José María Tapia Gómez.F A L L A M O S: Que debermos absolver y absolvemos al acusado J.M.T. G. del delito de Asimismo se le impone el pago de las costas procesales.En el recurso de casación por infracción de Ley y quebrantamiento de forma interpuesto por la representación de LA ACUSACIÓN PARTICULAR DE D.F.J.A.A. contra sentencia di...Ver el contenido completo de este documento
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