Sentencia nº 723/2007 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 27 de Junio de 2007

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Resumen


SOCIEDAD DE GANANCIALES. La acción de división de la comunidad representa un derecho indiscutible e incondicional para cualquier copropietario, de tal naturaleza que su ejercicio no está sometido a circunstancia obstativa alguna, salvo el pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo no superior a diez años, por lo que los demás comuneros no pueden impedir el uso del derecho a separarse, que corresponde a cualquiera de ellos, ni el ejercicio de la acción procesal al respecto. En el caso de que en virtud de un derecho de usufructo o de uso esté atribuida la utilización de la cosa común sólo a uno de los cotitulares, ello supone la exclusión de los demás respecto de dicho uso o disfrute, pero no les priva de la posibilidad de pedir la división de la cosa. El derecho de uso se mantiene indemne y una eventual venta de la cosa en subasta pública debe garantizar la subsistencia de aquella medida, que sólo puede ser modificada por la voluntad de los interesados. Se estima parcialmente la demanda. Se acepta en parte el recurso de apelación. Nos e hace lugar al recurso de casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia nº 723/2007 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 27 de Junio de 2007

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Junio de dos mil siete.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, el recurso de casación interpuesto, por Dª. Penélope, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Rosa María Alvarez Alonso contra la Sentencia dictada, el día 10 de abril de 2000, por la Sección Catorce de la Audiencia Provincial de Madrid, en el rollo de apelación nº 985/97, que resolvió el recurso de apelación interpuesto en su día contra la Sentencia que había pronunciado, el Juzgado de Primera Instancia número Uno, de los de Colmenar Viejo. Es parte recurrida D. Augusto, representado por el Procurador de los Tribunales Dª. Raquel Gracia Moneva.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. Ante el Juzgado de Primera I...

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