Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 9 de Diciembre de 2010
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Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 9 de Diciembre de 2010
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a nueve de Diciembre de dos mil diez. VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo el recurso de Casación número 2455/2008, interpuesto por HERMANOS SANTANA CAZORLA SL, representada por la Procuradora Dª Pilar Cermeño Roco, contra la sentencia de fecha 28 de marzo de 2008 dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en las Palmas de Gran Canaria, en el recurso número 334/05 sobre proyecto de ejecución de instalación eléctrica de alta tensión. Ha sido parte recurrida ENDESA DISTRIBUCIÓN ELECTRICA SLU (UNELCO-ENDESA), representada y defendida por el Procurador D.Carlos José Navarro Gutierrez. PRIMERO.- En el procedimiento contencioso-administrativo número 334/05, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictó Sentencia de fecha 28 de marzo de 2008 estimando el recurso promovido por Endesa Distribución Eléctrica SLU, contra resolución de la Viceconsejería de Industria y Nuevas Tecnologías por la que se resuelven los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones de la Dirección General de Industria y Energía de fechas 20 de mayo de 2004, 4 y 8 de junio de 2004, 5 de julio de 2004, 3 de septiembre de 2004, 15 y 25 de octubre de 2004 y 27 de diciembre de 2004 relativas a la autorización y aprobación de los proyectos de ejecución de las instalaciones eléctricas de referencias respectivas AT03/99, AT03/80,Y 03R80, AT04/29, AT03/153, AT03/150, AT03/163, AT04/LZ03, AT02LZ23 Y ATO4/002. SEGUNDO.- En la mencionada sentencia, la parte dispositiva dice literalmente: <<FALLO: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora Dña Ruth Arencibia Afonso, en nombre y representación de ENDESA DISTRIBUCIÓN ELECTRICA SLU, contra el acto administrativo a que se refiere el antecedente de hecho primero de la presente resolución, que anulamos en el apartado o prescripción relativ...Ver el contenido completo de este documento
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