Sentencia de TS, Sala Quinta, de lo Militar, 31 de Julio de 2003
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Resumen
SEPARACIÓN DE SERVICIO. EMPLEO PÚBLICO. FALTA GRAVE. El recurrente basa fundamentalmente en tres alegaciones su impugnación de la resolución ministerial por la que se impuso la sanción disciplinaria de separación del servicio por la falta muy grave prevista en la Ley de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil. En la primera, invoca que el Expediente Gubernativo se inició en virtud de denuncia anónima, lo que, a su juicio, determina su nulidad en virtud de las previsiones de aquella ley disciplinaria. En la segunda, se refiere a que las declaraciones testificales se practicaron sin la necesaria garantía de contradicción y que se ha desestimado arbitrariamente toda la testifical propuesta en el Expediente por el entonces encartado. Y, por último, denuncia la infracción de su derecho fundamental a ser considerado inocente, al no existir prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción consagrada en la Constitución Española. Como exige la naturaleza de estas alegaciones, efectuaremos nuestro examen por el mismo orden en que acabamos de recogerlas suscintamente. Se estima el recurso contencioso disciplinario militar.
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☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
Extracto
Sentencia de TS, Sala Quinta, de lo Militar, 31 de Julio de 2003
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a treinta y uno de Julio de dos mil tres.VISTO el presente recurso contencioso-disciplinario militar preferente y sumario número 2/41/01, interpuesto por el Guardia Civil don Jorge , representado por la Procuradora de los Tribunales doña María Isabel Campillo García y asistido del Letrado don Juan Carlos Guzmán Gaona, contra la resolución del Ministerio de Defensa de fecha 21 de enero de 2.001, por la que se impuso al recurrente la sanción disciplinaria de Separación del Servicio, como autor de la falta muy grave del número 6 del a rtículo 9º de la Ley Orgánica 11/1.991, de 17 de junio, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, consistente en "el incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades, desempeñando una actividad privada no exceptuada en la legislación sobre las mismas". Han sido partes recurridas el Sr. Abogado del Estado y el Sr. Fiscal Togado y han dictado sentenc...
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