Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 26 de Junio de 2008
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Resumen
"SENTENCIAS. CONGRUENCIA. Se aprecia la existencia de una incongruencia ""extra petita partium"", que se produce al margen de las peticiones de las partes, pronunciándose sobre cuestiones diferentes a las planteadas, en una especie de incongruencia por desviación, que lesiona también el principio dispositivo. La congruencia es una exigencia procesal de la sentencia, en virtud de la cual se precisa la concurrencia de una elemental simetría entre las pretensiones y motivos esgrimidos por las partes en el proceso y el contenido de la sentencia. Se distingue entre pretensiones y cuestiones, también argumentos, para que la Sala se pronuncie no solo sobre las primeras, sino que también requiere que lo haga sobre la base de los motivos de impugnación y de las correlativas excepciones u oposición que se han planteado ante el órgano jurisdiccional. Se hace lugar al recurso de casación. "
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 26 de Junio de 2008
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintiséis de Junio de dos mil ocho.Visto por la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo los recursos de casación interpuestos por las siguientes partes procesales. Por la Procuradora de los Tribunales Dña María Gamazo Trueba, en nombre y representación de "Anfitauro, S.A.", y por el Procurador de los Tribunales D. Manuel Sánchez-Puelles Gonzalez-Carvajal, en nombre y representación del Ayuntamiento de Mogán (Gran Canaria). Ambos recursos interpuestos contra la Sentencia de 24 de enero de 2003, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede en Las Palmas de Gran Canaria, en el recurso contencioso-administrativo nº 1474/1999, sobre la aprobación definitiva de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Mogán.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede en Las Palmas de Gran Canaria, se ha seguido el recurso número 1474/1999, interpuesto por la Asociación de Vecinos Barranco del Lechugal, contra la Orden del Consejero de Política Territorial del Gobiern...Ver el contenido completo de este documento
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