Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 21 de Junio de 1996
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Resumen
SENTENCIA. CONGRUENCIA. Se impugna sentencia. Toda sentencia tiene que respetar el principio de congruencia. Tiene que ser congruente con lo pedido en la demanda y con los considerando de la sentencia. La demanda fue estimada. La apelación fue desestimada. La casación fue desestimada
Frases clave
“ El artículo 359 de la Ley de Enjuiciamiento Civil estima que uno de los requisitos esenciales de la sentencia es el de la congruencia, midiéndose dicho requisito en los procesos informados por el principio dispositivo, según la sentencia del Tribunal constitucional 20/1.982, de 5 de mayo, por el ajuste entre la parte dispositiva y los términos en que las partes han formulado sus pretensiones, todo ello como emanado de lo prescrito en el artículo 24 de la Constitución Española. ”
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Demandante
Extracto
Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 21 de Junio de 1996
En la Villa de Madrid, a veintiuno de Junio de mil novecientos noventa y seis.
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. Magistrados al margen indicados, el recurso de casación, contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Málaga, como consecuencia de juicio declarativo de menor cuantía, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Málaga sobre resolución de contrato de compraventa, cuyo recurso fue interpuesto por DON Marco AntonioY DOÑA Estíbaliz, representados por el Procurador de los Tribunales Don Isacio Calleja García, en el que son recurridos DON Gust...Ver el contenido completo de este documento
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