Sentencia nº 908/2000 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 10 de Octubre de 2000

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Resumen


"CONTRATO DE SEGURO. SEGURO DE CRÉDITO. BANCO. PRUEBA. Se presenta por la representación procesal de ""Banco Español de Crédito, S.A."" formuló demanda contra la mencionada Compañía aseguradora interesando la nulidad de la cláusula 16 transcrita y reclamando más de treinta y siete millones de pesetas con intereses del 20% como cesionaria de los derechos de crédito derivados del contrato de seguro de crédito. Este planteamiento ha sido constante en la parte demandante en la instancia y recurrente en la casación: la validez de la cesión de crédito, con el mero conocimiento, no consentimiento, del deudor. Lo cual nadie discute. Pero es una constante en las sentencias de instancia la validez del pacto que exige, para aquella cesión, la aprobación de la Compañía aseguradora. Es decir, que es cierta la jurisprudencia sobre la cesión de crédito que se menciona en este motivo, que no se polemiza; pero es cierta también y es indiscutible, la validez del pacto que limita, elimina o exige algún requisito de más, en la cesión de créditos. Este es el caso presente, en que el pacto de exigencia de la aprobación de la Compañía aseguradora para la cesión de créditos es válido y ha provocado la invalidez de la cesión que se pretendió en contravención del mismo. Instancia desestima la demanda. La alzada desestima el recurso de apelación. Se desestima el recurso de casación."

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandado

Extracto


Sentencia nº 908/2000 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 10 de Octubre de 2000

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección decimosexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, como consecuencia de autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona, cuyo recurso fue interpuesto por el Procurador D. Carlos I. de la C., en nombre y representación de la compañía mercantil "Banco Español de Crédito, S.A.", defendida por el Letrado D. Rafael J. de P.; siendo parte recurrida la Procuradora Dª Paloma O.-C. L., en nombre y representación de "Compañía Española de Seguros y R...

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