Auto nº 1847/2003 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 13 de Noviembre de 2003

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Resumen


"DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. TRÁFICO DE DROGA. PRUEBA. Se persigue penalmente al imputado como autor de un delito contra la salud pública. Ni las declaraciones de testigos efectuadas en la instrucción ni las que tienen lugar en el juicio oral, transcritas en el correspondiente acta, en las que basan su motivo los recurrentes, tienen la virtualidad documental a los efectos de la casación prevista en el art. 849.2º L.E.Crim. En realidad, las declaraciones de los testigos y peritos requieren para su valoración, salvo supuestos excepcionales de prueba anticipada, de la percepción por el Tribunal en el momento del juicio, pues sólo entonces podrá éste formar su necesaria convicción sobre los hechos, de acuerdo con el art. 741 L.E.Crim. Y ""lo visto y oído por el Tribunal de instancia está fuera del recurso y no puede ser contradicho en casación con apoyo en el acta del juicio. Esta sólo reproduce lo que el Secretario Judicial ha podido transcribir, sirviendo de documento público en el que constan las pruebas practicadas y los resultados de las mismas que el depositario de la fe pública judicial estima pertinente hacer constar. Pero, estas constancias no reemplazan la percepción de la prueba de los jueces, que es la única que puede determinar los hechos probados. El contenido de lo declarado por los testigos, peritos y acusados, así como la credibilidad de sus manifestaciones por estas razones son completamente ajenas, como cuestiones de hecho, al recurso de casación Instancia condena al imputado. La alzada desestima el recurso de casación."

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Condena

Extracto


Auto nº 1847/2003 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 13 de Noviembre de 2003

En la Villa de Madrid, a trece de Noviembre de dos mil tres.I. HECHOS

PRIMERO.- Dictada Sentencia por la Audiencia Provincial de Granada (Sección 1ª), en autos nº 93/2001, se interpuso Recurso de Casación por Pedro Miguely Luis Angelrepresentados por los Procuradores de los Tribunales Dª. Isabel Aguayo López y Dª. Belén Jiménez Torrecilla.

SEGUNDO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.

TERCERO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas po...

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