Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 14 de Septiembre de 1998

Enlazado como:
Abogados Laboral y Seguridad Social

Resumen


"SALARIO. ""El derecho a exigir el pago de las obligaciones"" de carácter económico que gravan al patrimonio de la Seguridad Social, prescribe, según este art. 46, a los cinco años; y como la obligación de hacer efectivos sus haberes al personal estatutario de que tratamos participa de tal carácter y recae sobre dicho patrimonio, es obligado concluir que las acciones que dicho personal ostenta para exigir la satisfacción y pago de sus remuneraciones prescriben por el transcurso del plazo de cinco años que este artículo señala. Se estima la casación. "

Ver el contenido completo de este documento

Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Trabajador

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 14 de Septiembre de 1998

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a catorce de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la Procuradora Doña Ascensión Pelaez Diez en nombre y representación de Dª Alicia- contra la sentencia dictada el 9 de Diciembre de 1997 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en recurso de suplicación nº 1286/97, formulado contra la dictada el 14 de Enero de 1997 por el Juzgado de lo Social nº 2 Donostia San Sebastián, en autos sobre " cantidad", seguidos a instancias de Dñª Aliciacontra SERVICIO VASCO DE SALUD- OSAKIDETZA.

Ha comparecido en concepto de recurrid...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía