Sentencia nº 0567 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 8 de Junio de 1995
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Resumen
"RECURSO DE APELACIÓN. DELITO DE ROBO CON VIOLENCIA. PRUEBA DE CARGO. DIRECTA E INDIRECTA. Se condeno al acusado como autor responsable de un delito de robo con violencia, de un delito de lesiones, de un delito continuado de daños, un delito de denuncia falsa y de una falta de lesiones. Contra la citada sentencia se interpuso recurso de apelación. Es reiterada, por otra parte, la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, relativa a que la prueba de cargo susceptible de desvirtuar la presunción de inocencia, tanto puede ser directa como indirecta o indiciaria. La Sala, examinando la causa, considera que el resultado del acervo probatorio es suficiente en orden a formar la convicción y establecer un resultado fáctico del que se deriva la comisión de los delitos y falta por los que fue condenado el acusado en la instancia. Por lo que se desestimo el recurso de apelación formulado."
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Extracto
Sentencia nº 0567 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 8 de Junio de 1995
s de los acusados, procede imponerles, a cada uno de ellos, la pena de cuatro años de prisión y multa de cien mil pesetas, así como condenarles conjunta y solidariamente al pago de las costas procesales.
SEXTO.- Los responsables criminalmente de un delito o falta, lo son también civilmente con la extensión determinada y carácter expresado en los artículos 116 al 122, ambos inclusive, del Código Penal.SEPTIMO.- En cuanto a las costas procesales, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 del Código Penal y 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se imponen a los acusados.Vistos los artículos citados y demás de general aplicación, en nombre de su Majestad el Rey y en virtud- del Poder que emanado del Pueblo nos otorga la Constitución.FALLAMOS: Que debemos condenar y condenamos a los acusados A.B. y B.B. como autores responsables de un delito contra la Salud Pública, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de cuatro años de prisión y multa de cien mil pesetas, (a cada uno de ellos), y al pago de las costas procesales. Reclámese del Instructor la pieza de responsabilidad civil terminada conforme a Derecho. Y pata el cumplimiento de la pena de privación de libertad que le imponemos, le abonamos todo el tiempo que ha estado en prisión preventiva por esta causa. Procédase al comiso de la droga y dinero incautado y désele el destino legal correspondiente.Ver el contenido completo de este documento
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